Carta del Vicepresidente
El mundo contemporáneo experimenta constantes transformaciones a diario, y con él, las personas, los grupos y las organizaciones. Estas transformaciones se derivan de eventos históricos que han provocado cambios de paradigma y avances tecnológicos que nos plantean nuevos desafíos. Las verdades absolutas están dando paso a nuevas posibilidades, nuevos modelos de interacción y gestión, y nuevas experiencias. Es evidente que las transformaciones que impulsan el mundo son causadas por las personas y para las personas. La innovación puede considerarse una consecuencia directa del deseo innato de servir siempre bien a la población, ya sea a través de productos o servicios.
Dicho esto, para nuestros más de 2600 empleados directos no es ningún secreto que la historia de las empresas de la División de Pasajeros se ha cimentado en valores como la confianza, la ética, la seguridad, el respeto, la innovación y la sostenibilidad en la prestación de sus servicios. Siete décadas después, seguimos cada vez más centrados en los pilares estratégicos que nos han traído hasta aquí y que seguirán ayudándonos a expandir nuestra presencia en el mercado.
Sin embargo, nuestro propósito no es solo conmover a nuestros clientes, sino también ofrecer servicios de calidad. Buscamos brindarles satisfacción y lealtad a través de nuestra oferta. Y todo esto se basa en nuestro compromiso no solo con la ética, la seguridad y el respeto, sino también con la transparencia y la integridad.
Por lo tanto, para ofrecer las mejores experiencias a nuestra audiencia, así como en nuestras relaciones con organismos reguladores, entidades estatales, proveedores y la sociedad en general, entendemos que es fundamental mejorar nuestras prácticas de gobierno corporativo e integridad. En este sentido, el Código de Conducta Ética es una herramienta que nos impulsará hacia adelante, ya que define los principios y estándares que debemos observar y poner en práctica en nuestra práctica profesional.
Para garantizar el cumplimiento de este documento y realizar las investigaciones necesarias, la División de Pasajeros del Grupo Águia Branca cuenta con un Comité de Ética e Integridad, y nos comprometemos a garantizar la confidencialidad de las comunicaciones recibidas, así como a una investigación exhaustiva de cualquier sospecha de violación de este Código.
Nos encontramos en un momento importante para nuestra empresa: la formalización de las directrices y la difusión de los estándares éticos y de integridad que deseamos. Este es un reto para todos. Contamos con el compromiso y la responsabilidad de cada miembro de nuestro equipo.
¡Contamos contigo!
Renán Chieppe
Vicepresidente de la División de Pasajeros
La División de Pasajeros del Grupo Águia Branca está compuesta por las siguientes empresas:
Viação Águia Branca SA
Águia Branca Transportes SA
Compañía Viação Sul Bahiano – SULBA
Lynx Vehicle Trading Ltd.
Asociación Recreativa, Deportiva y Cultural Águia Branca
Squad Viagens e Turismo Ltda
Squad Tech Tecnología y Servicios LTDA
Agencia de Viajes y Turismo Agaxtur SA
Flex Servicios Ltda
Nosotros Tecnología y Servicios de Seguridad Ltda.
Agência Um Viajes, Turismo e Eventos Ltda
Objetivo
Haciendo avanzar el mundo con excelencia y respeto por las personas.
De los Principios
Honrando su compromiso de brindar los mejores servicios de transporte de pasajeros por carretera, o, dentro de su portafolio, los mejores servicios de agencias de viajes y turismo, eventos, comunicación y servicios afines, y buscando siempre la integridad y el respeto en sus actividades, todos los empleados de la División de Pasajeros, incluyendo su Alta Dirección y demás partes interesadas, se adhieren a este Código de Conducta Ética que, sin perjuicio de otros, se basa en los siguientes principios:
Ética:
La ética guía las acciones y decisiones a través de la capacidad de actuar con integridad y honestidad en todas las relaciones personales y profesionales.
Igualdad:
Trato igualitario y no discriminatorio para todos los empleados, clientes, proveedores de bienes y servicios, miembros del Directorio de la División Pasajeros, inversionistas y otros socios comerciales.
Responsabilidad:
Garantizar el adecuado uso y conservación de los activos de las empresas que integran la División Pasajeros, cuidándolos y destinándolos responsablemente y exclusivamente a fines laborales, siendo además conscientes del cuidado del medio ambiente y basando su conducta en la sustentabilidad.
Legalidad:
Orientar sus acciones al cumplimiento de la legislación vigente, buscando siempre las mejores prácticas con sus clientes internos y externos, proveedores, así como con los organismos reguladores y demás entidades estatales, prestando atención a las normas legales que puedan aplicar a cada situación.
Impersonalidad:
La conducta de la Alta Dirección, de los empleados de las empresas de la División Pasajeros y de otras partes interesadas debe cumplir con los objetivos y políticas establecidos y asegurar la ética e integridad corporativa, incluso en lo que respecta a los intereses personales.
Publicidad:
Comprometidos en asegurar una Política de Integridad y Transparencia con sus Directores de la División Pasajeros, Alta Dirección, Empleados, Colaboradores, Proveedores, Socios y demás entidades que puedan tener relaciones con las empresas de la División Pasajeros, el presente Código de Conducta Ética será hecho público en los sitios web de las empresas y demás canales utilizados, a todos aquellos que tengan relación con las empresas, en cualquier momento solicitado o cuando sea necesario, para que sus normas sean seguidas y practicadas en todos los ámbitos.
De la Introducción al Código de Conducta Ética
El Código de Conducta Ética reúne directrices de conducta basadas en estándares éticos y morales que servirán de referencia para el comportamiento de todos los empleados, tanto internos como externos. Su aplicación es obligatoria para todos los empleados de las empresas de la División de Pasajeros, en el ejercicio de sus funciones o al representar o identificarse como empleados de las empresas de la División de Pasajeros, incluyendo prestadores de servicios, proveedores y socios comerciales vinculados a las Empresas.
El Código de Conducta Ética que se presenta en este documento indica los deberes y comportamientos esperados en el lugar de trabajo, fuera del mismo mientras se represente o se identifique como empleado de las empresas de la División de Pasajeros y/o en las relaciones institucionales con las Autoridades Públicas, en las relaciones comerciales realizadas entre las empresas de la División de Pasajeros y terceros, facilitando la aplicación de los compromisos difundidos por las empresas.
El presente Código de Conducta Ética podrá ser revisado y/o complementado en cualquier momento, en cuyo caso los cambios realizados deberán ser publicados a través de los medios disponibles para conocimiento de todos aquellos a quienes pueda resultar de aplicación el presente Código.
Público objetivo
El contenido de este Código de Conducta Ética se aplica a:
A los miembros de la Junta Directiva de la División de Pasajeros;
A la Alta Dirección – Directores, Presidentes, Consejeros, incluyendo los de sociedades controladas en su caso;
A los empleados de las empresas de la División Pasajeros, incluyendo sus pasantes, aprendices, gerentes y empleados de empresas contratadas;
Aquellas personas naturales o jurídicas que actúen o presten servicios en nombre o para empresas de la División de Pasajeros;
De las Normas del Código de Conducta Ética
a) Deberes para con los clientes y la comunidad
Ofrecer servicios de transporte de pasajeros y mercancías por carretera de alta calidad, seguros y confiables y, cuando corresponda a la respectiva empresa dentro de la División de Pasajeros, ofrecer servicios de agencia de viajes y turismo justos, bien definidos, seguros y beneficiosos para los clientes, atentos a las innovaciones de la era digital y respetando la legislación relativa a cada modo de transporte, así como ofrecer servicios de promoción y comunicación de eventos corporativos (live marketing), conscientes de la ética, las buenas prácticas y las políticas anticorrupción;
Ofrecer un trato digno, cortés, justo y equitativo, respetando los intereses y derechos de los consumidores;
Salvaguardar, de conformidad con la ley, los derechos de sus clientes;
Brindar información clara, confiable, oportuna y eficiente a los clientes, procurando siempre atenderlos de manera digna y útil, incluyendo la atención de sus reclamos a través de los canales adecuados;
Fomentar la interacción entre clientes y empresas, considerando, en la medida de lo posible, su feedback y sugerencias para desarrollar mejoras y nuevas soluciones, con vistas a deleitar al cliente e impulsar a la empresa hacia la excelencia en su misión;
Garantizar, como pilar institucional de protección de datos, la confidencialidad de la información proporcionada por los clientes a través de datos adquiridos vía aplicaciones, call center, agencias, sitios web, departamentos de RRHH o cualquier otro medio de interacción con las empresas, ya sea digital, telefónica o presencial, respetando las disposiciones de la Ley General de Protección de Datos – LGPD (Ley N° 13.709/2018).
Promover un ambiente de relación cooperativa, agradable y equilibrada con el cliente con el fin de deleitarlo y motivarlo a elegir siempre a las empresas de la División de Pasajeros como sus primeras opciones de transporte de pasajeros y mercancías por carretera y/o servicios de agencia de viajes y turismo y/o promoción y comunicación de eventos corporativos (live marketing).
Respetar el cumplimiento de los acuerdos y contratos.
Identificar, proponer e implementar soluciones innovadoras e integrales que contribuyan al uso continuo de los servicios prestados por las empresas de la División Pasajeros;
Establecer relaciones justas y equilibradas con la comunidad a través del estímulo, la promoción, el apoyo y la participación en iniciativas de responsabilidad social y ciudadanía.
Fomentar, apoyar y participar en las acciones gubernamentales encaminadas al desarrollo social y al combate a la pobreza, de conformidad con la legislación vigente.
Colaborar con las autoridades, tanto policiales como administrativas, en las solicitudes que dichas entidades formulen cuando se realicen dentro de las normas legales aplicables, buscando una relación transparente, colaborativa y pacífica respecto de los procedimientos iniciados por ellas.
b) Deberes de los Miembros del Consejo de Administración de la División de Pasajeros e Inversionistas
Los Consejeros de la División de Pasajeros e Inversionistas basarán la gestión de las empresas en los principios enumerados en este Código de Conducta Ética.
A los miembros del Directorio de la División de Pasajeros e Inversionistas se les garantizará el suministro de información transparente y oportuna.
Los Directores de la División Pasajeros deben velar porque los estados financieros se preparen de conformidad con la ley y los principios y normas de contabilidad, de manera que representen razonablemente los resultados de las operaciones, los flujos de efectivo, la situación patrimonial y las finanzas de las empresas.
Los Miembros del Directorio de la División de Pasajeros deberán velar por que las empresas de la División de Pasajeros adopten procedimientos y controles internos tendientes a asegurar, dentro de los estándares legales aplicables, el detalle, exactitud y transparencia de los estados financieros.
Los Miembros del Consejo de Administración de la División de Pasajeros e Inversionistas adoptarán las mejores prácticas y conductas para asegurar que la gestión empresarial se realice de conformidad y con respeto al presente Código de Conducta Ética.
Los Miembros del Consejo de Administración de la División de Pasajeros e Inversionistas repudiarán, a todo nivel, en todo momento y en todas las formas, de forma enérgica e inquebrantable, cualquier práctica ilícita tales como, pero no limitado a: soborno, extorsión, corrupción, comisiones ilegales, lavado de dinero, financiamiento de actos terroristas o criminales, receptación de bienes robados o no permitidos en territorio brasileño, apropiación indebida de fondos de la empresa para enriquecimiento personal, uso de información privada para beneficio individual, venta no autorizada de información confidencial a terceros, facilitación de contratos para obtención de ventajas ilícitas y/o cualquier otro tipo de actividad ilegal/inmoral/antiética o que vaya en contra de los principios seguidos por las empresas.
c) Deberes y obligaciones de la Alta Dirección, Empleados y Colaboradores
Garantizar el establecimiento de un ambiente de trabajo digno y saludable, basando las relaciones entre superiores, subordinados, pares y colegas en el respeto y la cordialidad.
Es responsabilidad de la Alta Dirección, de los Empleados y de los Colaboradores proporcionar un ambiente de trabajo diverso en el que todos los involucrados, independientemente de su origen, color, género, raza, religión, edad, discapacidades físicas, orientación sexual, nacionalidad, opinión política, afiliación sindical, origen étnico o social, sean guiados por el respeto mutuo;
No se tolera ninguna conducta que pueda constituir acoso moral o sexual o discriminación de cualquier otra naturaleza que constituya cualquier forma de falta de respeto, incluyendo hacia la diversidad, intimidación, amenazas o persecución en la relación entre empleados, independientemente de su nivel jerárquico, ni el uso de apodos despectivos y/o despectivos hacia compañeros y socios.
No toleramos ninguna forma de trabajo forzoso, esclavitud ni trabajo infantil. Respetamos los criterios legales para jóvenes aprendices.
Respetar la libertad de asociación y sindicalización, y buscar conciliar los intereses de las empresas de la División Pasajeros con los intereses de los trabajadores y sus órganos de representación de forma transparente, siendo la negociación una práctica continua y prioritaria.
Cumplir con las disposiciones contenidas en los convenios colectivos que rigen la relación entre la empresa y sus trabajadores.
Cumplir con la normativa legal vigente y la emitida por organismos nacionales e internacionales (según corresponda) y entidades estatales competentes en materia de prestación del servicio de transporte colectivo de pasajeros y mercancías por carretera y de servicios de agencias de viajes.
Garantizar que los empleados reciban información relevante para su privacidad, así como la confidencialidad de dicha información, salvo en los casos previstos por la legislación vigente y cuando sea aplicable.
La información, las metodologías y las tecnologías propiedad de las empresas de la División de Pasajeros son confidenciales y de uso interno exclusivo, y es responsabilidad de todos mantener la debida confidencialidad. Se prohíbe la divulgación de cualquier información, metodología, tecnología o datos restringidos, salvo autorización previa y expresa del Director responsable de los datos.
No discuta ni trabaje con información interna, especialmente información confidencial o estratégica, en áreas públicas, teniendo sumo cuidado para asegurar que esta información no se exponga de ninguna manera en dispositivos electrónicos portátiles como teléfonos celulares, tabletas u objetos similares que puedan permitir su visualización o conocimiento por parte de terceros. No divulgue, sin autorización de las empresas, por ningún medio, campañas promocionales o de cualquier otro tipo, convocatorias, anuncios de reclutamiento, anuncios, proyectos, etc., antes de la fecha límite establecida.
La División de Pasajeros garantiza el derecho a la libertad de expresión a los destinatarios de este Código de Conducta Ética, conforme lo garantiza la Constitución Federal, y no admite ninguna forma de restricción a este derecho, observando que el ejercicio de tal libertad está acompañado de la responsabilidad de cada individuo en cuanto a su forma de expresión y conducta en los ambientes internos y externos de trabajo.
Quienes estén sujetos a este Código de Conducta Ética deberán basar su comportamiento en las redes sociales u otras formas de comunicación electrónica, así como su conducta diaria dentro y fuera del ámbito empresarial, en forma digna, honorable y respetuosa hacia todos, observando los principios éticos y de integridad adoptados por las empresas, buscando preservar y respetar su imagen, patrimonio e intereses.
El uso de internet está permitido únicamente a personas autorizadas y únicamente en sitios web que no comprometan la integridad del sistema ni de la red. Se prohíbe el acceso a cualquier página con contenido ofensivo, ilegal o no relacionado con el trabajo, como pornografía, venta de bienes ilegales, juegos de azar o sitios similares. El uso de internet y las herramientas tecnológicas debe seguir las directrices del Departamento de Tecnología del Grupo Águia Branca.
Queda expresamente prohibida la difusión de información profesional estratégica en Internet.
La creación y mantenimiento de redes sociales (Facebook, LinkedIn, Instagram, etc.) y páginas de las empresas de la División Pasajeros son responsabilidad exclusiva de las áreas de Comunicaciones Internas, Externas y Comerciales.
Seguir todas las directrices de la empresa respecto al uso de los equipos y herramientas de trabajo que puedan estar a disposición de la Alta Dirección, Empleados y demás colaboradores, actuando con diligencia y cautela a fin de preservar los activos bajo su cuidado y la imagen interna y externa de las empresas.
Presentarse adecuadamente para el desempeño de sus funciones y actividades dentro de la empresa, de acuerdo con los lineamientos vigentes de la misma;
El uso de uniformes y credenciales es para la identificación y el acceso a las instalaciones de la empresa. El uso de uniforme puede ser exento en días y ocasiones previamente definidos por las empresas. Los directores, superintendentes, gerentes, abogados y coordinadores están exentos del uso obligatorio de uniforme. El uso de credenciales es obligatorio en las empresas que las utilizan o están obligadas por ley, y es más flexible según las características específicas de cada empresa.
Respecto del uso de uniformes, el trabajador es responsable de:
Úselo adecuadamente y sólo para el fin previsto;
Evite usar su credencial y/o uniforme de la empresa fuera del horario laboral en entornos externos que puedan asociar negativamente la imagen y marca de la empresa con usted;
Ser responsable de la guarda y conservación del uniforme, y no alterar ni modificar su forma, figura o naturaleza;
Evitar utilizar su credencial de identificación (cuando la utilice) y/o uniforme corporativo fuera del horario laboral en entornos externos que asocien negativamente la imagen y marca de la empresa;
En caso de terminación del contrato de cualquier trabajador con las empresas, el uniforme y respectivo distintivo de identificación deberán ser devueltos a la empresa empleadora al momento de la firma del Contrato de Terminación de Trabajo;
Dependiendo de la naturaleza de la actividad de una determinada empresa dentro de la División Pasajeros, ésta podrá adoptar una política de uniforme/vestimenta específica, siempre que sea apropiada al segmento corporativo al que pertenece y se mantengan las buenas costumbres, ética y moral en materia de vestimenta dentro de su ámbito de mercado, con el fin de preservar la imagen y reputación de la empresa.
Cuando el puesto lo requiera y de acuerdo con la legislación vigente, el Empleador facilitará también EPI (Equipo de Protección Individual), cuyo uso también es obligatorio, aplicándose al mismo las precauciones descritas anteriormente.
Los empleados, proveedores de servicios u otras personas que presten servicios de atención directa al cliente deben usar el uniforme de su respectiva empresa. Si bien se puede prescindir del uniforme para los empleados con funciones puramente administrativas, se recomienda vestimenta informal o elegante, como pantalones de vestir, jeans, faldas, camisas de vestir o polos, y vestidos, junto con zapatos de vestir o informales. Se prohíbe la vestimenta inapropiada que pueda sugerir o tener connotaciones sexuales, causar vergüenza a otros o provocar discusiones innecesarias sobre política, religión o deportes.
Los empleados tienen prohibido asistir a las instalaciones de la empresa o a eventos programados por la misma si presentan síntomas de intoxicación o se encuentran bajo la influencia de alguna sustancia psicotrópica que produzca dependencia química.
Es inaceptable que un trabajador sea sorprendido conduciendo un vehículo mostrando síntomas de embriaguez o bajo los efectos de cualquier sustancia psicotrópica que produzca dependencia química, incluso durante vacaciones o días libres, dada la incompatibilidad de dicha conducta con el objeto de la actividad principal de las empresas y con la legislación vigente.
El consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas que produzcan dependencia química está prohibido en las instalaciones de la empresa o, incluso en ambientes externos, mientras se sea identificable como empleado de la empresa, excepto, respecto de las bebidas alcohólicas, en los eventos en que la dirección de la empresa lo permita, pudiendo producirse el consumo de alcohol de forma moderada, siempre de acuerdo con la legislación vigente, con excepción de los empleados que, durante o después de la celebración, se encuentren aún desempeñando actividades profesionales.
En los eventos dirigidos a conductores profesionales contratados por la empresa, está prohibido el ofrecimiento y consumo de alcohol.
Los recursos de las empresas de la División de Pasajeros sólo podrán ser utilizados para fines que sean de interés de dichas empresas.
Cuando se viaja por negocios, durante las actividades en las que el empleado esté representando a la empresa, deberá comportarse adecuadamente, tanto dentro como fuera del lugar de trabajo, con el fin de reforzar la imagen positiva de la empresa.
Es deber de toda persona, conductor o peatón, en las instalaciones de la empresa respetar el límite de velocidad y las demás señales de tráfico, así como las normas de seguridad y/o circulación interna. Asimismo, todas las personas deben estacionar y dejar pasajeros en sus vehículos únicamente en las zonas permitidas y utilizar una sola plaza de aparcamiento. El estacionamiento para visitantes, cuando esté disponible, no debe ser utilizado por los empleados.
Las empresas buscarán incentivar y estimular el autodesarrollo de los empleados con miras a la excelencia en el cumplimiento de las misiones, valores y visiones de las empresas, a través de capacitaciones/cursos internos y/o externos adecuados al desempeño de sus actividades en la organización.
Las empresas fomentarán el intercambio de conocimientos y experiencias, a través de todos los medios que resulten adecuados y legítimos, buscando mejorar las competencias técnicas, los métodos y los procesos, con el fin de lograr mejores resultados globales para las empresas;
Las empresas promoverán el reconocimiento y la valoración del capital intelectual de sus empleados y fomentarán el surgimiento de nuevos líderes;
Las empresas valorarán y fomentarán la conducta ética, tanto individual como colectiva.
Todos los destinatarios de este Código de Conducta Ética deben respetar la diversidad de todas las personas, clientes, internos o externos, que interactúan diariamente con las empresas, guiándose por los principios de tolerancia, cortesía, diálogo y normas legales como valores indispensables en su trato entre sí, con clientes, proveedores, entidades gubernamentales y cualesquiera otros terceros.
Todos los destinatarios de este Código de Conducta Ética deben repudiar, en todos los niveles, en todo momento y en todas las formas, de forma enérgica e inquebrantable, cualquier práctica ilícita como, pero no limitado a: soborno, extorsión, corrupción, comisiones ilegales, lavado de dinero, financiamiento de actos terroristas o criminales, receptación de bienes robados o no permitidos en territorio brasileño, transporte de personas o bienes no autorizados, apropiación indebida de fondos de la empresa para enriquecimiento personal o de terceros, uso de información privada para beneficio individual, venta no autorizada de información confidencial, facilitación de contratos para obtención de ventajas ilícitas y/o cualquier otro tipo de actividad ilegal/inmoral/antiética que vaya en contra de los principios seguidos por las empresas.
Es responsabilidad de cualquier persona, al tener conocimiento de cualquier conducta condenada por este Código de Conducta Ética, comunicarla a través del canal adecuado dispuesto por las empresas, garantizándose el anonimato del denunciante.
Nunca reclame beneficios o ventajas personales para sí o para terceros como resultado de una relación comercial o financiera establecida a nombre de cualquiera de las empresas de la División de Pasajeros, ya sea con clientes, agencias gubernamentales, instituciones financieras, proveedores, entidades u otras empresas.
Queda prohibido recibir comisiones o beneficios de cualquier tipo de clientes o de cualquier tercero que mantenga una relación comercial con empresas de la División de Pasajeros.
No se permite la subcontratación de trabajos para competidores en cualquier segmento de la División de Pasajeros y/o trabajos que involucren transferencia de conocimientos, tecnología, documentos y metodologías de las empresas a terceros, a menos que estén amparados por contratos específicos.
No ser cómplice o negligente respecto de errores e infracciones al presente Código de Conducta Ética y a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, y comunicarlos adecuadamente a través de los canales disponibles.
No permitir y/o incentivar el acoso a empleados, proveedores o cualquier persona relacionada con las empresas, ya sea verticalmente o no, respecto de cualquier asunto.
No existe impedimento para el ingreso/ascenso/traslado interno de familiares o personas que tengan relación afectiva con un empleado de la División Pasajeros; sin embargo, el candidato deberá evitar ocupar un puesto que refleje subordinación jerárquica al empleado con quien mantiene relación afectiva o vínculo familiar.
No se permitirá la influencia en el área del proceso de reclutamiento y selección para el ingreso de personas con las que se tenga parentesco o relación afectiva sin el pleno cumplimiento del proceso de selección y demás normas de la División de Pasajeros.
Los candidatos que tengan relación familiar o vínculo sentimental con algún empleado de la División Pasajeros serán evaluados sin preferencia alguna y en las mismas condiciones que los demás candidatos internos y externos.
La existencia de relación familiar y/o sentimental entre empleados deberá ser reportada inmediatamente al gerente responsable del área.
Es deber del trabajador informar a su superior inmediato sobre cualquier relación profesional, de parentesco o sentimental con proveedores, prestadores de servicios, funcionarios públicos, clientes o competidores de la empresa.
Es deber del trabajador informar a su superior inmediato sobre su participación accionaria, cualquiera que sea el grado o el objeto (incluyendo filiales), en cualquier empresa, especialmente en aquellas contratadas para suministrar productos o prestar servicios a la División de Pasajeros.
Sin perjuicio de que la Alta Dirección, Empleados, Colaboradores, Proveedores y demás personas relacionadas con las empresas de la División Pasajeros son libres de mantener sus posiciones políticas y partidistas personales, no se permitirá ninguna actividad política o partidista dentro de las instalaciones de la empresa.
Si algún empleado participa en actividades de partidos políticos, deberá hacerlo siempre fuera de las instalaciones de la empresa, a título personal y de forma que no interfiera con sus responsabilidades profesionales ni vincule dichas opiniones con las actividades de la empresa.
Se debe evitar la publicidad de cualquier tipo de partidos o candidatos políticos en los vehículos que circulen por las instalaciones de las Empresas de División de Pasajeros, a fin de no vincular las preferencias personales con la imagen de la empresa.
Está prohibido colocar o colgar en el uniforme y/o gafete pegatinas, botones, broches o cualquier otro tipo de accesorio o adorno perteneciente a los candidatos.
Es responsabilidad de la alta dirección considerar los impactos socioambientales al planificar actividades, operaciones comerciales y prácticas de gestión.
Es responsabilidad de la alta dirección de las empresas fomentar las iniciativas socioculturales y deportivas de sus empleados;
Es responsabilidad de la alta dirección de las empresas incentivar la contratación de proveedores de productos y servicios que cuenten con políticas de integridad/gobernanza.
Se prohíbe el uso de influencia por parte de cualquier empleado en decisiones de las empresas de la División Pasajeros que resulten o puedan resultar en beneficio personal o de terceros y/o en pérdidas directas o indirectas.
En las empresas a las que esto aplica, todos los empleados deben seguir y respetar la política de control de las relaciones comerciales internacionales y las sanciones económicas, así como todas las leyes vigentes en el país. Esto incluye las leyes y regulaciones relativas a embargos comerciales y sanciones económicas, controles de exportación, leyes antiboicot, seguridad de la carga, clasificación y evaluación de importaciones, marcado de producto/país de origen y tratados de libre comercio.
Cuando un empleado identifica alguna circunstancia, transacción o relación que lo involucre directa o indirectamente y que pudiera traerle una ventaja, deberá revelar inmediatamente su conflicto de interés a su supervisor, quien a su vez deberá informar al Departamento de Cumplimiento/Integridad de la empresa.
d) Deberes de las empresas en la contratación con proveedores
Adoptar criterios de selección, contratación y evaluación, de forma imparcial y transparente, que permitan la pluralidad y competencia entre proveedores, buscando la contratación con el mejor equilibrio económico-financiero y relación costo/beneficio, en el marco de la libre competencia, salvo que la ley establezca lo contrario.
Mantener la legalidad, imparcialidad, moralidad y eficiencia en todas las actuaciones realizadas en las interacciones con proveedores y potenciales proveedores, sean públicos o privados, nacionales o internacionales, defendiendo los principios de integridad y ética empresarial.
Garantizar el mantenimiento de una relación basada en el respeto mutuo, las mejores prácticas, la preservación y confidencialidad de la información relevante de las empresas y sus clientes.
Buscar, asegurando el cumplimiento de los criterios de libre competencia y de los límites legales existentes, relaciones con proveedores y socios cuyas prácticas estén en armonía con los estándares éticos adoptados por las empresas de la División de Pasajeros y con la moral social.
Es un requisito necesario y obligatorio en la relación con los Proveedores, sujeto a las limitaciones legales que éstos:
Cumplir con la legislación laboral, de seguridad social, fiscal y LGPD (Ley General de Protección de Datos de Brasil), así como cualquier ley internacional que pueda aplicarse a un determinado servicio;
Cumplir con las normas legales establecidas para el respectivo sector de actividad del Proveedor, así como cumplir con la normativa relativa a la prevención y combate a la corrupción;
No utilizar mano de obra infantil o esclava;
Adoptar buenas prácticas de preservación del medio ambiente;
No incurrir en prácticas corruptas contra gobiernos o administraciones públicas, brasileñas o extranjeras, en cualquier nivel.
Permitir a las empresas inspeccionar, en cualquier momento, cualquier asunto relacionado con el servicio prestado o el producto vendido, proporcionando, siempre que esté sujeta a la confidencialidad legal, la información solicitada por cualquiera de ellas. No ejercer ninguna forma de coerción física o moral que viole los derechos humanos. Los proveedores de servicios o productos, al prestar sus servicios a cualquiera de las empresas de la División de Pasajeros, serán instruidos sobre las Directrices de este Código de Conducta Ética y se comprometerán a cumplir con sus normas al prestar sus servicios.
Rechazar cualquier disposición contractual con cualquier proveedor, de cualquier naturaleza, que ofenda o minimice la dignidad, la calidad de vida y el bienestar social de los trabajadores subcontratados.
Los proveedores, a quienes también se aplica este Código de Conducta Ética, no permitirán ni fomentarán el acoso de empleados, proveedores o cualquier persona que preste servicios a o en nombre de las empresas de la División de Pasajeros, y tomarán las medidas necesarias para prevenir dicha conducta dentro de sus respectivas empresas.
No autorice ningún negocio indebido en nombre de ninguna de las empresas de la División de Pasajeros que constituyan actos delictivos o ilícitos, tales como corrupción, lavado de dinero, financiamiento de actividades delictivas, fraude u otras actividades ilegales/inmorales y/o poco éticas.
Los datos de contacto del Canal de Denuncias relacionado con este Programa de Integridad para las empresas de la División de Pasajeros del Grupo Águia Branca deberán ser comunicados a los Proveedores, garantizando su derecho a denuncias anónimas en caso de investigación de conductas antiéticas.
(e) Relación con empresas competidoras
Adoptar la ética, la integridad y la civilidad como compromisos en las relaciones con empresas competidoras en el mismo giro que las empresas de la División Pasajeros.
Cuando sea apropiado y necesario, promover el intercambio de información con empresas competidoras de forma lícita, transparente y confiable, preservando la conducta ética y honesta y los intereses de las empresas de la División de Pasajeros.
Fomentar o asociarse con empresas del sector, cuando corresponda, en la búsqueda de las mejores prácticas de seguridad en el transporte colectivo por carretera interestatal o interurbano y/o en el transporte de mercancías y/o en los servicios de agencias de viajes y turismo, buscando el bienestar social y la mejora continua en el transporte colectivo por carretera de pasajeros y/o mercancías y/o en el sector de agencias de viajes y turismo.
No incurrir en prácticas de competencia desleal o predatoria contra otras empresas que operen en el mismo giro que las empresas de la División de Pasajeros, y repudiar a quienes lo hagan, buscando tomar las medidas pertinentes para poner en conocimiento de los organismos reguladores pertinentes cualquier práctica ilegal o indebida que llegue a su conocimiento.
Abstenerse de menospreciar o emitir juicios de valor sobre los servicios ofrecidos por los competidores, particularmente en las redes sociales u otras plataformas públicas.
f) Relaciones con el Gobierno a todos los niveles
Actuar como socio del sector público en la implementación de políticas, proyectos y programas socioeconómicos orientados al desarrollo sostenible de Brasil, dando continuidad a su misión de trasladar a los clientes de forma segura, cómoda, confiable y excelente.
Mantener una relación respetuosa con las entidades estatales (nacionales y/o internacionales) independientemente de las convicciones ideológicas de sus dirigentes.
Actuar conforme a las disposiciones legales que rigen el transporte terrestre de pasajeros, paquetería y agencias de viajes y turismo, ya sea interestatal, interurbano y/o internacional, según corresponda, así como observar las demás normas aplicables, ya sean fiscales, laborales, de seguridad social u otras aplicables.
Reconocer el papel de los organismos reguladores y supervisores y comprometerse a apoyarlos conforme a lo exige la ley, proporcionándoles información relevante y confiable de manera oportuna.
Repudiar cualquier acto de corrupción cometido contra gobiernos o administraciones públicas, brasileñas o no, en cualquier nivel, tales como: Garantizar, prometer, ofrecer o dar, directa o indirectamente, cualquier ventaja indebida o no prevista en la ley a funcionario público o tercero relacionado a él; Financiar, pagar, patrocinar o de cualquier forma permitir o facilitar la comisión de cualquier acto ilegal;
Inducir a alguien a realizar o abstenerse de realizar cualquier conducta que viole claramente su obligación legal;
Obtener, mantener o dirigir negocios de manera indebida;
Afectar o influir en cualquier acto o decisión de una entidad pública;
Utilizar un intermediario, ya sea persona física o jurídica, con el fin de ocultar el interés o la identidad de los beneficiarios de los actos realizados;
Frustrar, defraudar, obtener ventaja o beneficio indebido, impedir, perturbar o manipular la naturaleza competitiva de un procedimiento de licitación;
Obstaculizar las actividades de investigación o supervisión o interferir en sus acciones. No financiar partidos políticos ni candidatos a cargos públicos de ningún nivel en Brasil.
g) Respecto de las Donaciones, Regalos y Aportaciones:
Los miembros del Directorio de la División de Pasajeros, los Inversionistas, la Alta Dirección, los Empleados y Colaboradores de las empresas de la División de Pasajeros deberán abstenerse de solicitar o aceptar, bajo ninguna circunstancia: Valor monetario, salvo lo definido en la ley;
Están prohibidos los regalos con valores superiores a R$ 100,00 (cien reales), excepto cuando exista conocimiento previo y aprobación del Consejo de Administración, pudiendo consultar al Comité de Compliance/Integridad;
Los regalos con valores inferiores a R$ 100,00 (cien reales) deberán ser informados al superior inmediato.
Las personas mencionadas anteriormente también deben rechazar regalos o presentes, incluso aquellos dentro del valor permitido, cuando sus características o circunstancias indiquen una intención de influir en la imparcialidad de cualquier proceso de selección/toma de decisión.
Si algún obsequio o artículo promocional que exceda el valor permitido ha sido recibido forzosamente debido a la imposibilidad de devolución inmediata o posterior, dicho obsequio será donado a una institución que definirá el Comité de Integridad.
Toda donación realizada y/o recibida por cualquier empresa integrante de la División Pasajeros y en nombre de las mismas, requiere autorización previa del Directorio y debe ser informada al Comité de Cumplimiento.
La recepción de premios y/o donaciones por encima del límite establecido sólo será permitida cuando se trate de un evento interno de premiación o reconocimiento promovido por alguna de las empresas de la División de Pasajeros y del Grupo Águia Branca.
Queda prohibido a cualquier miembro del Directorio de la División de Pasajeros, inversionista, alto directivo, empleado, colaborador o cualquiera de las empresas de la División de Pasajeros, o por un tercero que actúe en nombre de éstos, ofrecer obsequios de cualquier valor, así como entretenimiento, hospitalidad y comidas a funcionarios públicos con el objetivo de obtener cualquier ventaja o beneficio personal, o que tengan el poder de influir en decisiones de interés de las empresas de la División de Pasajeros.
Las solicitudes de autoridades públicas para el transporte de pasajeros en la modalidad de charters turísticos para eventos específicos podrán ser autorizadas por el Consejo de Administración, previa consulta al Comité de Cumplimiento/Integridad, siempre que la solicitud se haga de forma expresa y formal y no constituya en modo alguno la obtención de ventaja o beneficio alguno para las empresas.
Las solicitudes de las autoridades públicas para el transporte individual de pasajeros en la modalidad regular y/o de encomiendas podrán ser autorizadas por las Superintendencias a través del Centro de Atención Gratuita – SAG –, y la solicitud podrá realizarse en forma expresa y formal, siempre que no constituya en forma alguna la obtención de ventaja o beneficio alguno para las empresas.
Las empresas de la División Pasajeros, sus Directores, Administradores, Empleados y Colaboradores, así como terceros que interactúen en nombre de ellas o por intermedio de ellos, podrán, previa y expresa autorización del Directorio, ofrecer regalos corporativos, participación en eventos y comidas a instituciones o agentes privados, siempre que ello no constituya la obtención de una ventaja o beneficio ilícito para las empresas.
h) Preguntas y Quejas:
Si tiene alguna duda respecto a la aplicación de este Código de Conducta Ética o de alguna de sus normas, deberá dirigirse al Comité de Integridad para su aclaración a través de los canales disponibles.
En caso de detectarse alguna mala conducta o irregularidad entre miembros de la Junta Directiva de la División Pasajeros, alta dirección, empleados, colaboradores, proveedores u otros, dicha conducta deberá ser reportada al Comité de Integridad a través de los canales de denuncia, garantizando el anonimato.
La denuncia deberá, sin excepción, identificar al autor de la irregularidad, proporcionar una descripción veraz de los hechos e indicar las pruebas o testigos, a fin de permitir el inicio de un procedimiento de investigación.
Una vez presentada una queja como la descrita anteriormente, se llevará a cabo un procedimiento confidencial, el cual, al verificar la validez de la queja, producirá un informe completo y detallado que será presentado al Líder de Integridad designado, con las sugerencias pertinentes, para la toma de decisiones disciplinarias, de conformidad con el Código de Investigación de Quejas.
Si la investigación no revela ninguna mala conducta o irregularidad, también se elaborará un informe con las conclusiones pertinentes y se archivará en el Departamento de Integridad de la División de Pasajeros, asegurando el anonimato del denunciante en relación con los demás miembros de la empresa.
Si la denuncia involucra a un miembro del Departamento de Integridad de las empresas de la División de Pasajeros, el imputado no podrá participar en el procedimiento de investigación, salvo para ejercer su derecho a una audiencia justa y a una defensa amplia.
Los datos de contacto del Defensor del Pueblo Interno y del Canal de Denuncias son:
Correo electrónico: canaldedenuncias@aguiabranca.com.br
Teléfono: 0800-810-8575
Carta – al sector Cumplimiento/Integridad – Av. Mario Gurgel, 5030, Vila Capixaba, Cariacica-ES, CEP: 29145-901;
Sitio web: https://www.contatoseguro.com.br/aguiabrancapassageiros
Aplicación Android: https://play.google.com/store/apps/detailsid=br.com.contatoseguro.appoficial&hl=pt_BR&gl=US&pli=1
Aplicación iOS: https://apps.apple.com/br/app/contato-seguro/id945536717
Una queja verbal se puede presentar en persona directamente al Departamento de Integridad.
No habrá represalias contra denunciantes o testigos involucrados en investigaciones de infracciones de las Empresas de la División de Pasajeros del Grupo Águia Branca que participan en este Código de Conducta Ética.
i) Relaciones con los medios
La División de Pasajeros reconoce la importancia de los medios de comunicación en el país, ya que difunden noticias, información y expresan opiniones al público, y reconoce la importancia de esta labor en todos los formatos. Sin embargo, las empresas de la División de Pasajeros priorizan la protección de su imagen, por lo que siempre deben verificar la veracidad de la información antes de publicarla, asistiendo a los medios de comunicación en su responsabilidad de informar sobre hechos e información sobre las personas involucradas.
En cuanto a la divulgación de información por parte de la División de Pasajeros, esta se compromete a actuar con coherencia y precisión. Por lo tanto, solo ciertos empleados están autorizados por el Consejo de Administración para hablar en nombre de la Compañía y prestar testimonio ante cualquier medio de comunicación.
La División de Pasajeros no se responsabiliza del contenido publicado por terceros en redes sociales. Cualquier información engañosa, inexacta o falsa otorgará a la Compañía el derecho de réplica, lo que permitirá la corrección y eliminación del contenido, así como la posibilidad de adoptar otras medidas legales o contractuales aplicables.
j) Salud y seguridad en el trabajo
En materia de seguridad y salud en el trabajo, las empresas de la División Pasajeros proceden de la siguiente manera:
Gestionan continuamente los riesgos y cumplen con la legislación aplicable;
Desarrolla programas de salud y medicina preventiva dirigidos a sus empleados, con el objetivo de mejorar su calidad de vida;
Identifica factores de riesgo en el ámbito de la salud, realizando acciones sistemáticas de concientización, educación e intervención.
k) Disposiciones finales:
Este Código de Conducta Ética refleja los valores y la cultura de las empresas de la División de Pasajeros, y su cumplimiento demuestra un compromiso con el profesionalismo y la transparencia en todas las acciones y trabajos de las empresas.
Cualquier incumplimiento del Código de Conducta Ética someterá a todos aquellos a quienes les sea aplicable a medidas disciplinarias, que podrán llegar incluso al despido justificado y a acciones legales.
Los terceros que incumplan las normas aplicables contenidas en este Código de Conducta Ética podrán tener terminada su relación comercial con la División Pasajeros, sin perjuicio del pago de daños y perjuicios en las acciones legales que correspondan, en su caso.
Todos aquellos que interactúan directa o indirectamente con las empresas de la División Pasajeros deben conocer y hacer cumplir este Código, compartiendo los mismos compromisos éticos, independiente de su cargo.
El incumplimiento de cualquiera de las prácticas y/o procedimientos aquí descritos puede afectar la credibilidad de la imagen institucional de las empresas de la División Pasajeros ante los clientes, el mercado, los organismos reguladores y supervisores, el gobierno y la sociedad en su conjunto.
Todos estamos expuestos a uno o más dilemas éticos y controvertidos durante nuestra trayectoria profesional en las empresas de la División de Pasajeros. Cuando esto ocurra, plantéese las siguientes preguntas:
"Tengo permiso para hacer esto."
El hecho o decisión está de acuerdo con la ley, las políticas y normas internas y mis valores personales.
Me sentiría orgulloso si esta acción y/o decisión se hiciera pública, si apareciera en los medios.
Me sentiría orgulloso de compartir mis acciones y/o decisiones con mi familia y amigos.
Esta acción y/o decisión pone en riesgo la vida de otras personas.
Las respuestas a las preguntas anteriores sirven como guía en caso de existir lagunas en este Código de Conducta Ética.
El presente Código entrará en vigor en la fecha de su publicación.
6 de febrero de 2020
Rev.1.2 – 21 de mayo de 2025